Para la Inscripción de Propiedades:

  • Copia autentica del título respectivo o de la sentencia o decreto judicial. El CBR admite como copia autentica toda copia autorizada con las solemnidades legales por el notario o funcionario competente.
  • Certificado de Deuda de Contribuciones en el que conste que se encuentran canceladas al día.
  • Formulario 2890 del SII suscrito por el notario que entregó la escritura pública. En caso de inscribir por resolución judicial, el CBR provee de dicho formulario.

Para la Inscripción de Hipotecas y Gravámenes:

  • Escritura de constitución de gravamen.
  • Certificado de contribuciones al día o certificado de avalúo fiscal vigente en caso de encontrarse exento de contribuciones.

Para Solicitar Copias o Certifcados:

Debe indicar los datos de la inscripción, a saber: fojas, número y año; y el registro al que se refiere la solicitud en cuestión.

En el caso de las copias debe averiguar, además, el número de carillas que tiene la inscripción, dato que se le proporcionará en este oficio.